Reglamento (UE) 2024/1689 · Artículo
Artículo 109
Modificación del Reglamento (UE) 2019/2144
En el artículo 11 del Reglamento (UE) 2019/2144, se añade el párrafo siguiente:
«3. Al adoptar actos de ejecución en virtud del apartado 2 relativos a sistemas de inteligencia artificial que sean componentes de seguridad en el sentido del Reglamento (UE) 2024/1689 del Parlamento Europeo y del Consejo (*8), se tendrán en cuenta los requisitos establecidos en el capítulo III, sección 2, de dicho Reglamento.
Pregunta al agente sobre este artículo →
Texto descargado del BOE el 1 de octubre de 2026. Solo el texto publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea tiene validez jurídica.